REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
FALCON
Santa Ana de Coro; Veinticuatro (24) de Febrero de 2.022
Años: 211º y 162º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 024-2021, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el (la) ciudadano (a): por la ciudadana: PAULA MARÍA GONZÁLEZ DE RODRÍGUEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.515.816, correo electrónico paulamariagdr@gmail.com, teléfono Nro. 04144845538, domiciliada en el Conjunto Residencial Villa Futuro, Avenida Ramón Antonio Medina, Casa Nº. 15, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia San Gabriel del Municipio Miranda del estado Falcón, actuando en este acto en nombre propio y en representación de los ciudadanos: ANA VICTORIA RODRIGUEZ GONZALEZ, ANA TURENA RODRIGUEZ PEREZ, DIOMAR ALFONSO RODRIGUEZ PEREZ Y DIOGENES ALEXANDER RODRIGUEZ PEREZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-26.174.376, V-14.521.156, V-13.639.494 y V-16.829.191, de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, debidamente asistida por el abogado en ejercicio DAVID J. SANCHEZ C., Inpreabogado Nro. 56.269.
En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y demás documentos que se acompañan a la presente solicitud, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) DIOGENES GUILLERMO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-2.234.507, con domicilio en esta ciudad de Santa Ana de coro, Municipio Miranda del estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: 22/01/2021 según se evidencia de Certificado de Defunción, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del estado Falcón Nro. 146, de fecha 05/02/2021 DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS en su condición de ESPOSA a la ciudadana: PAULA MARÍA GONZÁLEZ DE RODRÍGUEZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.515.816 y a sus hijos (a) ciudadanos: ANA VICTORIA RODRIGUEZ GONZALEZ, ANA TURENA RODRIGUEZ PEREZ, DIOMAR ALFONSO RODRIGUEZ PEREZ Y DIOGENES ALEXANDER RODRIGUEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-26.174.376, V-14.521.156, V-13.639.494 y V-16.829.191, respectivamente.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Santa Ana de Coro, municipio Miranda del estado Falcón a los (24) DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2.022.
Entréguese el presente original a los interesados, provéase y certifíquese por secretaria los juegos de copias certificadas solicitadas. Años 211° de la Independencia y 162° de la Federación.
La Juez Provisoria La Secretaria Titular
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg, Francismar Rojas M

NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto anterior. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg, Francismar Rojas M

SOL. 024-2021