El día 14-04-2023, se presento el ciudadano: MIGUEL FRANCISCO VERA OLIVERA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-19.617.890. Domiciliado en el Caserío las Veritas Parroquia Avaria Municipio Democracia del Estado Falcón. Actuando en representación de su hijo de 10 años de edad el cual expone: Solicita ante este despacho se le notifique la madre de su hijo la Ciudadana: MARICRUZ DEL CARMEN LOPEZ ROMERO, venezolana, titular de la cedula de Identidad Nª V-24.717.704, domiciliada en el Sector santa Cruz de la Parroquia de Pedregal Municipio Democracia del Estado Falcón. Con el fin de llegar Acuerdo de Mediación y Conciliación en cuanto a la obligación de manutención que corresponde a su hijo de diez (10) años de edad. Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO DEMOCRACIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Le da Entrada Por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, y/o a las buenas costumbre se ADMITE, apegados a la Resolución 2018-0013, de fecha 24/10/2019, emanada del Tribunal Supremo de Justicia (en Cuanto a la Competencia) basado en lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con los Artículos: 26, 44, 49, 75, 78, 253, 257 y 258. El Articulo 34 iusdems de la Ley Sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de Niño Niña y Adolescente. Quedando anotado bajo el Expediente Nº 02-23 de Obligación por Manutención, de conformidad con lo previsto en el Artículos 39 de la Ley sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar. Se ordena Notificar al Fiscal (A) Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.