SOLICITUD Nº 1842-2023
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud junto a sus documentos anexos presentada por la ciudadana ANGELA ALBAMONTE DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, civil y jurídicamente hábil, titular de cédula de identidad Nº V- 10.965.408, de este domicilio; procediendo en nombre y representación de sus propios derechos e intereses y de conformidad con el art 168 del Código de Procedimiento Civil de los coherederos FRANCISCO ALBAMONTE LOPEZ Y AURORA LOPEZ DE ALBAMONTE, del de Cujus ciudadano FRANCESCO ALBAMONTE CILLUFFO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE NATIVIDAD SINOPOLI VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.083 y de este domicilio, y el contenido de las testimoniales promovidas y evacuadas por ante éste Tribunal en fecha tres (03) de abril de 2023, las cuales debidamente examinadas corroboran lo indicado por la solicitante: que conocen de vista, trato y comunicación a los ciudadanos ANGELA ALBAMONTE DE BRICEÑO, FRANCISCO ALBAMONTE LOPEZ Y AURORA LOPEZ DE ALBAMONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.965.408, V-10.965.407 y V-13.107.653, Y si por ese conocimiento que dicen saben y les consta que de igual manera conocieron al ciudadano FRANCESCO ALBAMONTE CILLUFFO; ya identificado como su padre tal y como consta en actas de Nacimientos Nº 1921 y 1450, que saben y les consta; que saben y les consta que las ciudadanos, ANGELA ALBAMONTE DE BRICEÑO, FRANCISCO ALBAMONTE LOPEZ y AURORA LOPEZ DE ALBAMONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.965.408, V-10.965.407 y V-13.107.653, son los Únicos y Universales Herederos y que los testigos den razón fundada de sus dichos. Éste Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado y sin perjuicio de terceros de igual o de mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FRANCESCO ALBAMONTE CILLUFFO, a los ciudadanos ANGELA ALBAMONTE DE BRICEÑO, FRANCISCO ALBAMONTE LOPEZ y AURORA LOPEZ DE ALBAMONTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.965.408, V-10.965.407 y V-13.107.653 respectivamente. Devuélvanse éstas actuaciones a la solicitante y déjese copia simple en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. WINDER MARTÍNEZ MARQUEZ
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. ESP. LUIXANA LUGO