REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 20 DE ENERO DE 2023
Años: 212º y 163°

De una revisión realizada a la solicitud de DIVORCIO (MUTUO ACUERDO) distinguida con el Nº 600-2023, en nomenclatura llevada por éste Tribunal; se observa que la parte actora no dio cumplimento al Despacho Saneador ordenado en fecha 16/01/2023, y habiendo transcurrido el lapso acordado por este Despacho para subsanar los defectos de los cuales adolece la solicitud; este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, conforme a lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: INADMISIBLE LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO presentada por el apoderado judicial JOSE FRANCISCO RODRÍGUEZ ARRIETA, Inpreabogado N° 292.276, actuando en representación de los ciudadanos: ALEXANDER GEORGE LAMBRINOS y NURY JUDITH SANCHEZ DE LAMBRINOS, el primero; Holandés, mayor de edad, titular del pasaporte Nº NY4R1P4D1; y la segunda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.028.203, ambos domiciliados en la Parroquia Mirimire, Municipio San Francisco, estado Falcón, tal y como se evidencia en Instrumento Poder, otorgado ante el Registro Público de los Municipios Zamora, Tocopero y Piritu, estado Falcón, bajo el Nº 9, Tomo 11, Folios 106 al 109, de fecha: 11/07/2022. Cúmplase con lo ordenado y déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal.
La Juez Provisorio, La Secretaria Titular,

Abg. Florencia Cantini de Gutiérrez Abg. Nikol Oberto

NOTA: Seguidamente se cumplió lo ordenado en auto. Conste.
La Secretaria Titular,
Abg. Nikol Oberto
FMCR/NO/JH
Exp. Nº 600-2023
SIF-618-2023