REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: NUEVE (09) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES (2023)
AÑOS: 212º Y 163º

Expediente N° 11.195.-
DEMANDANTE: GLORIA BAINCO GETTO y NORMAN BIANCO GETTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad numero 4.103.822 y 12.177.213, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correos electrónicos: glbiancog@gmail.com y normanbiancogetto@gmail.com, respectivamente, números de teléfono: 0416-7813110 y 0414-4697893.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA MARIA QUERO, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 178.847
PARTE DEMANDADA: ERNESTO JOSE BIANCO ANDRADE, LUIGI ALEJANDRO BIANCO ANDRADE y VIRGINIA DE LOS ANGELES BIANCO ANDRADE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números 20.680.954, 25.551.376 y 26.084.238, respectivamente, con domicilio en la Calle Democracia, casa numero 30, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correos electrónicos: ernestobianco91@gmail.com, virginiabianco9598@gmail.com, números de teléfono: 0412-6587833, 0412-0659667 y 0424-6818652, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CODEMANDADA LUIGI BIANCO y VIRGINIA BIANCO: IVAN JOSE JIMENEZ LUCHON, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 278.488.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE CODEMANDADA ERNESTO BIANCO: EUCARINA LUGO CHIRINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 67.621
MOTIVO: PARTICION DE BIENES HEREDERITARIOS.

Vista la diligencia presentada en fecha ocho (08) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), suscrita por los ciudadanos GLORIA BIANCO GETTO, NORMAN BIANCO GETTO, ut supra identificados, debidamente asistidos por la abogada ANA MARIA QUERO, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 178.847, el ciudadano LUIGUI ALEJANDRO BIANCO ANDRADE, ut supra identificado, asistido por el abogado IVAN JOSE JIMENEZ LUCHON, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 278.488, quien a su vez actúa como apoderado judicial de la ciudadana VIRGINIA DE LOS ANGELES BIANCO ANDRADE, ut supra identificada, donde consignan escrito de partición amistosa, constante de dos (02) folios útiles, suscrito bajo los siguientes términos:
A) A la ciudadana GLORIA BIANCO GETTO:
A.1.- UN INMUEBLE constituido por una casa quinta construida sobre terreno propio que consta de SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON 50 CENTIMETROS CUADRADOS (695,50 MTS 2) Ubicado en esta ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; alinderado así: NORTE: que es su frente, avenida Josefa Camejo, SUR: terreno municipal que fue ocupado por la familia Sánchez; ESTE: con casa y terreno que es o fue de Armindo da Acosta Silva; y OESTE: con calle publica Duvisi; adquirido según los documentos protocolizados en la oficina subalterna del Registro del Distrito Miranda del Estado falcón 1) bajo el numero 55, folio 248 al 250 protocolo primero, tomo 2 de fecha 11 de diciembre de 1979; 2) bajo el número 56, folio 250 al 253, protocolo primero, tomo 2 de fecha 12 de diciembre de 1979; y 3) titulo supletorio bajo el numero 32, protocolo primero, tomo 8 de fecha 19 de septiembre de 1985. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad, incluyendo todo el mobiliario se encuentre en ella.
A.2.- UN INMUEBLE Constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre, adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda, 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo primero, tomo 3, de fecha 23 de febrero de 1972, 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo de 1982 y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 148, protocolo primero del 29 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad los apartamentos que consta de planta baja, primer piso, segundo piso y azotea de dicho inmueble en conjunto con todo su mobiliario.
A.3.- MUEBLE constituidos por DOCIENTAS NOVENTA Y NUEVE (299) acciones suscritas y pagadas en capital social de la compañía HOTEL DI LUIGI C.A, de este domicilio e inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en fecha 12 de Julio de 2012, bajo el Numero 12 Tomo 22-A. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
B) Al ciudadano NORMAN BIANCO GETTO:
B.1.- INMUEBLE constituido por un terreno propio ubicado en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; alinderado así, NORTE: terrenos arrendados de Francisco Manaure con callejón de por medio de 4 metros de ancho de Socorro de Zambrano; SUR: que es su frente avenida Independencia; ESTE: terrenos que son o fueron de Socorro de Zambrano; y OESTE: stadium municipal adquirido según documento protocolizado en la oficina subalterna de Registro Publico del Distrito Municipal del Estado Falcón anotado bajo el numero 56, folios 275 al 278, protocolo primero, tomo tercero del 21 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
B.2.- UN INMUEBLE constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda, 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo primero, tomo 3, de fecha 23 de febrero de 1972, 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo de 1982 y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 148, protocolo primero del 29 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad los 2 (DOS) locales comerciales el cual consta de planta baja y primer piso de dicho inmueble, en conjunto del registro Comercial Betania S.R.L en su totalidad con todo su mobiliario.
C) A los ciudadanos LUIGI ALEJANDRO BIANCO ANDRADE Y VIRGINIA DE LOS ANGELES BIANCO ANDRADE
C.1.- UN INMUEBLE constituido por una casa y terreno propio que consta de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (332,24 MTS 2) ubicado en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: su frente Calle libertad, SUR: terreno que se dice ser propiedad de Pedro Manuel Arcaya y donde hoy tiene una casa en Rómulo García; ESTE: terreno que dice ser propiedad Pedro Manuel Arcaya donde tiene taller el ciudadano Manuel Velente; y OESTE: terreno que dice ser propiedad de Pedro Manuel Arcaya y donde esta un taller que es o fue de Francisco jarcia; adquirido según documento protocolo izado en la oficina de Registro Publico del Municipio Carirubana del Estado Falcón bajo el numero 4, folio 8 al 9, protocolo primero, tomo 3 de fecha 18 abril de 1996. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad.
C.2.- UN INMUEBLE constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo Primero tomo 3 de fecha 23 febrero 1972; 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo 1982; y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 149, protocolo primero del 29 de julio 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder a su totalidad EL GALPON que consta de planta baja, primer piso, segundo piso y tercer piso de dicho inmueble así como también todo su mobiliario que se encuentra en dicho inmueble.
C.3.- MUEBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: AVALANCHE, año 2006, color: GRIS, placa: 40YLAF, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
C.4.- MUBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: AVALANCHE, año: 2008, color: BLANCO, placa: A36BI1G, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
C.4.- MUEBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: C30, año: 1975, color: MARRON, placa: 317IAE, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
Solicitamos que se realice la partición del acervo hereditario al momento de firmar dicho documento el cual aceptamos sin ninguna objeción para que todos los herederos que forman parte de este acuerdo podamos hacer uso, goce y disfrute de nuestros bienes sin limitación ni impedimento alguno, pudiendo así tomar posesión de nuestra parte hereditaria en conformidad con lo establecido en la ley, sin más nada que agregar, Así lo decidimos, Otorgamos y firmamos.
En consecuencia, Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LA TRANSACCION, realizada en fecha ocho (08) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), por los ciudadanos GLORIA BIANCO GETTO, NORMAN BIANCO GETTO, ut supra identificados, debidamente asistidos por la abogada ANA MARIA QUERO, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 178.847, el ciudadano LUIGUI ALEJANDRO BIANCO ANDRADE, ut supra identificado, asistido por el abogado IVAN JOSE JIMENEZ LUCHON, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 278.488, quien a su vez actúa como apoderado judicial de la ciudadana VIRGINIA DE LOS ANGELES BIANCO ANDRADE, ut supra identificada, bajo los siguientes términos:
A) A la ciudadana GLORIA BIANCO GETTO:
A.1.- UN INMUEBLE constituido por una casa quinta construida sobre terreno propio que consta de SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON 50 CENTIMETROS CUADRADOS (695,50 MTS 2) Ubicado en esta ciudad Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; alinderado así: NORTE: que es su frente, avenida Josefa Camejo, SUR: terreno municipal que fue ocupado por la familia Sánchez; ESTE: con casa y terreno que es o fue de Armindo da Acosta Silva; y OESTE: con calle publica Duvisi; adquirido según los documentos protocolizados en la oficina subalterna del Registro del Distrito Miranda del Estado falcón 1) bajo el numero 55, folio 248 al 250 protocolo primero, tomo 2 de fecha 11 de diciembre de 1979; 2) bajo el número 56, folio 250 al 253, protocolo primero, tomo 2 de fecha 12 de diciembre de 1979; y 3) titulo supletorio bajo el numero 32, protocolo primero, tomo 8 de fecha 19 de septiembre de 1985. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad, incluyendo todo el mobiliario se encuentre en ella.
A.2.- UN INMUEBLE Constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre, adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda, 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo primero, tomo 3, de fecha 23 de febrero de 1972, 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo de 1982 y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 148, protocolo primero del 29 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad los apartamentos que consta de planta baja, primer piso, segundo piso y azotea de dicho inmueble en conjunto con todo su mobiliario.
A.3.- MUEBLE constituidos por DOCIENTAS NOVENTA Y NUEVE (299) acciones suscritas y pagadas en capital social de la compañía HOTEL DI LUIGI C.A, de este domicilio e inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en fecha 12 de Julio de 2012, bajo el Numero 12 Tomo 22-A. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
B) Al ciudadano NORMAN BIANCO GETTO:
B.1.- INMUEBLE constituido por un terreno propio ubicado en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; alinderado así, NORTE: terrenos arrendados de Francisco Manaure con callejón de por medio de 4 metros de ancho de Socorro de Zambrano; SUR: que es su frente avenida Independencia; ESTE: terrenos que son o fueron de Socorro de Zambrano; y OESTE: stadium municipal adquirido según documento protocolizado en la oficina subalterna de Registro Publico del Distrito Municipal del Estado Falcón anotado bajo el numero 56, folios 275 al 278, protocolo primero, tomo tercero del 21 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
B.2.- UN INMUEBLE constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda, 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo primero, tomo 3, de fecha 23 de febrero de 1972, 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo de 1982 y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 148, protocolo primero del 29 de junio de 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad los 2 (DOS) locales comerciales el cual consta de planta baja y primer piso de dicho inmueble, en conjunto del registro Comercial Betania S.R.L en su totalidad con todo su mobiliario.
C) A los ciudadanos LUIGI ALEJANDRO BIANCO ANDRADE Y VIRGINIA DE LOS ANGELES BIANCO ANDRADE
C.1.- UN INMUEBLE constituido por una casa y terreno propio que consta de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (332,24 MTS 2) ubicado en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: su frente Calle libertad, SUR: terreno que se dice ser propiedad de Pedro Manuel Arcaya y donde hoy tiene una casa en Rómulo García; ESTE: terreno que dice ser propiedad Pedro Manuel Arcaya donde tiene taller el ciudadano Manuel Velente; y OESTE: terreno que dice ser propiedad de Pedro Manuel Arcaya y donde esta un taller que es o fue de Francisco jarcia; adquirido según documento protocolo izado en la oficina de Registro Publico del Municipio Carirubana del Estado Falcón bajo el numero 4, folio 8 al 9, protocolo primero, tomo 3 de fecha 18 abril de 1996. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder en su totalidad.
C.2.- UN INMUEBLE constituido por un edificio de dos plantas construido en terrenos propios consta de dos locales, galpón y apartamentos, ubicado en la avenida Tirso Salaverria en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, alinderado así: NORTE: Estación de servicios Erso número 77 de la petroleum Corporation lagoven; SUR: terrenos que fueron de Pedro María Ferguson Fonseca hoy de Josías Flores; ESTE: carretera Falcón-Zulia y OESTE: Calle sin nombre adquirido según documentos protocolizados en la oficina Subalterna de Registro del Distrito Miranda 1) bajo el numero 46, folios 145 al 150, protocolo Primero tomo 3 de fecha 23 febrero 1972; 2) bajo el numero 87, folios 296 al 298, protocolo primero, tomo 3 de fecha 31 de marzo 1982; y 3) titulo supletorio bajo el numero 27, tomo 1, folios 142 al 149, protocolo primero del 29 de julio 1982. El cual se ha llegado al acuerdo de ceder a su totalidad EL GALPON que consta de planta baja, primer piso, segundo piso y tercer piso de dicho inmueble así como también todo su mobiliario que se encuentra en dicho inmueble.
C.3.- MUEBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: AVALANCHE, año 2006, color: GRIS, placa: 40YLAF, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
C.4.- MUEBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: AVALANCHE, año: 2008, color: BLANCO, placa: A36BI1G, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
C.4.- MUEBLE constituido por un vehículo marca: CHEVROLET, clase: CAMIONETA, tipo: PICK UP, modelo: C30, año: 1975, color: MARRON, placa: 317IAE, uso: CARGA. El cual se ha llegado al acuerdo de Ceder en su totalidad.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la sala del despacho del Juzgado Tercero De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana De Coro a los nueve (09) días del mes de febrero del año dos mil veintitrés (2023). Años: 212° de la independencia y 163° de la federación.-
EL JUEZ TEMPORAL

ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA.

ABG. DAMELIS CHIRINO.
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la 03:25 p-m, previo el anuncio de ley, quedando anotado bajo el Nº 04 en el libro de Sentencias. Conste.
LA SECRETARIA.

ABG. DAMELIS CHIRINO.