REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón
Santa Ana de Coro, veinticinco (25) de julio de dos mil veintitrés.
213º y 164º
ASUNTO: IP21-L-2023-000027.
DEMANDANTE: STANLIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-10.708.342.
ASISTENCIA JUDICIAL DEL DEMANDANTE: JAVIER ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 238.080.
DEMANDADA: ENTIDAD DE TRABAJO TRANSROD, en la persona de su presidente ciudadano OSCAR RODRIGUEZ DOS SANTOS, identificado con la cédula de identidad No. V-4.102.439. en su carácter de presidente, según consta en documento de constitución de la empresa por ante el registro mercantil primero de la circunscripción judicial del estado falcón, con sede en santa ana de coro, en fecha 31-07-2006, quedando registrado bajo el numero 38,k tomo 13-A.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: BRENDA BARBERA CASTILLO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.693
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Sentencia interlocutoria con fuerza definitiva.
En fecha 04 de julio de 2023, se recibió demanda ante la unidad de recepción y distribución de documentos de este circuito laboral del ciudadano STANLIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-10.708.342, asistido por el abogado JAVIER ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 238.080, en esa misma fecha es recibido por este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Medicación y Ejecución, siendo admitido en fecha 06 de julio de 2023 y ordenándose notificar al ciudadano OSCAR RODRIGUEZ DOS SANTOS, en su carácter de presidente de la entidad de trabajo TRANSROD, C.A.
En fecha 10 de julio de 2023, el alguacil, consigna cartel de notificación, de manera positiva, y es certificada por la secretaria en esa misma fecha.
En fecha 25 de julio de 2023, corresponde por sorteo de audiencias a través del sistema de reparto de audiencia de mediación juris 2000, a este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.
En el día de hoy, veinticinco (25) de julio del 2.023, siendo las diez treinta (10:30 a.m) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, y una vez anunciado el acto por la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Laboral, compareció a este acto la parte demandante ciudadano: STANLIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-10.708.342; asistido a través del procurador especial de trabajadores y apoderado judicial abogado JAVIER ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 238.080, así mismo comparece la ENTIDAD DE TRABAJO TRANSROD, a través de su apoderada judicial abogada BRENDA BARBERA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.693, poder que se anexa a esta acta. Se apertura la audiencia preliminar, bajo la dirección de la ciudadana Juez Provisorio Abg. ORILYS PALENCIA, quien declaró abierto este acto, constatando la presencia de cada una de las partes y procede a explicar las reglas que deberán cumplir en el desarrollo de esta audiencia, en la cual las partes expusieron sus alegatos, llegándose a una mediación en el prense asunto. Expone LA PARTE DEMANDADA a través de su apoderada judicial: quien indica que para llegar a una mediación propone la cantidad de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON OCHENTA CENTIMOS (589,80), o EL EQUIVALENTE A DOLARES AMERICANOS 21$ a titulo de transacción y con ello se entiende como cancelado todos los conceptos reclamados por la relación laboral que mantuvo, Que en caso de ser aceptados le serán entregados el día de hoy a través de transferencia o de manera física en dólares, todo ello de conformidad al articulo 128 de la Ley del Banco central de Venezuela, que en caso de ser aceptada mi propuesta, homologue la presente transacción y ordene el archivo del expediente. EN ESTE ESTADO LA PARTE ACTORA: en la persona del ciudadano: STANLIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-10.708.342, asistido por su Abogado JAVIER ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 238.080, expone: visto que la cantidad ofrecida por la apoderada judicial de la demandada no vulnera los derechos de mí representado en su nombre acepto al cantidad ofrecida, EL EQUIVALENTE A DOLARES AMERICANOS (21$) todo de conformidad al articulo 128 de la Ley del Banco Central de Venezuela, por lo que solicito se homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del expediente. Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA. PRIMERO: HOMOLOGA la presente transacción laboral celebrado entre las partes y se le imparte carácter de COSA JUZGADA. SEGUNDO: terminado el procedimiento en la presente causa incoada por el ciudadano: STANLIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-10.708.342., asistido por el Abogado JAVIER ORTEGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 238.080, por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios contra la ENTIDAD DE TRABAJO TRANSROD, en la persona de su presidente ciudadano OSCAR RODRIGUEZ DOS SANTOS, identificado con la cédula de identidad No. V-4.102.439, según consta en documento de constitución de la empresa por ante el registro mercantil primero de la circunscripción judicial del estado falcón, con sede en santa ana de coro, en fecha 31-07-2006, quedando registrado bajo el número 38k tomo 13-ATERCERO: Ordena el archivo definitivo del expediente. Todo ello de conformidad con los artículos 10 y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia por aplicación analógica con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DEJESE COPIA CERTIFÍCADA.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, a los veinticinco día (25) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2.023). AÑOS: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ORILYS PALENCIA QUINTERO.
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. GIPGLIOLA ODUBER.
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