El día 21-07-2023, se presento la Ciudadana: MARY ERNESTINA LEAL VARGAS, venezolana, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 11.473.191 Domiciliada en el Sector en el Sector Santa Cruz de la Población de Pedregal Municipio Democracia del Estado Falcón. Actuando en representación de su hija de 13 años de edad en el cual expone: Solicita ante esta despacho se notifique al ciudadano: DIOSMAR RAFAEL GOMEZ FIGUEROA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.198.378 domiciliado en el Sector Vera Verde Municipio Democracia del Estado Falcón. Con el fin de llegar Acuerdo de Mediación y Conciliación en cuanto a la Obligación de Manutención que corresponde a su hija. Este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO DEMOCRACIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Le da Entrada Por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, y/o a las buenas costumbre se ADMITE, apegados a la Resolución 2018-0013, de fecha 24/10/2019, emanada del Tribunal Supremo de Justicia (en Cuanto a la Competencia) basado en lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con los Artículos: 26, 44, 49, 75, 78, 253, 257 y 258. El Articulo 34 iusdems de la Ley Sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de Niño Niña y Adolescente. Quedando anotado bajo el Expediente Nº 06-23 de Obligación por Manutención, de conformidad con lo previsto en el Artículos 39 de la Ley sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar. Se ordena Notificar a la Fiscal Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.