REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Santa Ana de Coro; 17 de Julio de 2023
Años: 212º y 163°
EXPEDIENTE: 2257
DEMANDANTE:
JORDANIA MARIA JIMÉNEZ DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-11.475.354, domiciliada en la Calle Progreso, N 01, Esquina Calle Comercio de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón
ABOGADO ASISTENTE NELSON ANTONIO NAVARRO CHIRINO, abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Inpreabogado Nº 64.175.
MOTIVO RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN
Vista la anterior diligencia de fecha 17/07/2023, suscrita por la ciudadana JORDANIA MARIA JIMÉNEZ DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-11.475.354, domiciliada en la Calle Progreso, Nª 01, Esquina Calle Comercio de esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, asistida por el Abogado en ejercicio NELSON ANTONIO NAVARRO CHIRINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Inpreabogado Nº 64.175. Mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO y solicita el desglose de los recaudos originales; que rielan desde el folio 02 al folio 11 y el folio 15; provéase y admítase lo solicitado. En consecuencia este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada. Asimismo, no existiendo actuación alguna por efectuar, se ordena el desglose de los originales y en su lugar se deja copias certificadas de los mismos, el cierre y archivo del presente expediente. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario del Labores del Tribunal.
La Juez Provisorio, La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. Krsna Amaya
Nota: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en auto anterior. Conste.
La Secretaria Titular,
Abg. Krsna Amaya
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