ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2023-000230.
PARTE ACTORA: CARLOS FELIPE PEÑARANDA ESCUDERO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS ALIRIO SERNA. Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA con el Nº 280.418.
PARTE DEMANDADA: GRUPO KARIMAO VI, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyo.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.


En el día hábil de hoy, miércoles veintiuno (21) de junio de 2023, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente procedimiento, se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes a la misma, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno que las represente. En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Desistido el Procedimiento en el juicio seguido por el ciudadano: CARLOS FELIPE PEÑARANDA ESCUDERO contra la entidad de trabajo: GRUPO KARIMAO VI, C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, Terminó, se Leyó y Conformes Firman.
El Juez


Abg. José Antonio Moreno Palacios
La Secretaria


Abg. Zuleida Marcano