REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.

Tucacas, 27 de Octubre de 2023
213° y 164°
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado CARLOS LUIS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.845.438, e inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 55.151, apoderado judicial de la parte accionante en el presente juicio, por la acción COBRO DE CUOTA DE CONDOMINIO MENSUALES, mediante el cual promueve pruebas documental que fue acompañada junto con el libelo de demanda del presente expediente. En consecuencia, este Tribunal pasa a proveer sobre dicha promoción de pruebas en la forma siguiente: En relación a la prueba promovida en el capítulo identificado como CAPITULO I DOCUMENTALES, donde promueve y hace valer las documentales que fueron acompañadas junto con el libelo de la demanda: Registro Único Fiscal, marcado con la letra “D1”. De los documentos de Condominio del inmueble marcado con la letra “D2”. Copia simple de acreditación que consta en Acta de Asamblea de copropietarios marcado con la letra "D3". Acta de junta de condominio marcada con la letra “D4". Registro de información fiscal de la parte accionada, marcado con la letra “D5”. Documento de propiedad del inmueble, marcado con la letra “D6”. Recibos o planilla de cobro de condominio y cuotas extraordinarias, marcada con la letra “D7”, y carta consulta marcada con la letra “D8”, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, SE ADMITEN, cuanto ha lugar en derecho, conforme a lo previsto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, salvo su apreciación o no en la decisión que resuelva la Oposición. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Provisorio,

Abg. VICTOR FLORES LUZARDO
La Secretaria Temporal

Abg. YUSBELIT BLANCHARD
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste.

La Secretaria Temporal

Abg. YUSBELIT BLANCHARD

E- 3359/VF/yb/mjz