REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo (22°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve de enero de dos mil veinticuatro
213º y 164º

ASUNTO: AP21-L-2023-000876.
PARTE DEMANDANTE: SAMUEL HERNAN GUERRERO CORDERO, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-11.552.093.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: Adriana Bigott, José Francisco González y Wilfredo Landaeta, abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA con los Nros.88.962, 42.291 y 286.367 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: POLLO EN BRASAS FLOR DE LA VEGA, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No Consta en autos.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.

I

En fecha, 28 de noviembre de 2023, el ciudadano Samuel Guerrero, titular de la cedula de identidad Nº V-11.552.093, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por los abogados Adriana Bigott, José Francisco González y Wilfredo Landaeta, inscritos en el IPSA con los Nros.88.962, 42.291 y 286.367 respectivamente, presentaron ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), libelo de demanda contra la entidad de trabajo POLLO EN BRASAS FLOR DE LA VEGA, C.A., por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, siendo debidamente recibido por este Tribunal en fecha 06 de diciembre de 2023 y admitido en fecha 14 de diciembre de 2023, por cuanto previamente se le había dictado un despacho saneador que fue subsanado por la parte actora.

En fecha 17 de enero de 2024, comparece el alguacil Victor Marrero y deja constancia de haber practicado la notificación de la entidad de trabajo POLLO EN BRASAS FLOR DE LA VEGA, C.A, a los efectos de la celebración de la audiencia preliminar.

En fechas 22 de enero de 2024, el Secretario Yohjande Salazar deja constancia de la actuación del alguacil y se fija la audiencia preliminar para que tenga lugar al décimo (10º) día hábil siguiente a la fecha indicada (22/01/2024) a las 10.00 am.

En fecha 26 de enero de 2024, comparece el ciudadano Samuel Guerrero, titular de la cedula de identidad Nº V-11.552.093, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por el abogado Wilfredo Landaeta. IPSA Nº 286.367 y desiste del procedimiento y de la demanda.

Para decidir sobre el Desistimiento se observa:

II

En atención a lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, que se aplica analógicamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que señala: “…el demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento; pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria...”

Así las cosas, encuentra este Juzgador que el desistimiento del procedimiento presentado por la representación judicial de la parte actora no es contrario a derecho, ni violenta el orden público, ni vulnera el debido proceso ni el derecho a la defensa, ya que aun no se ha materializado el acto de contestación a la demanda, motivado a que no se ha celebrado la audiencia preliminar, por lo que se configura el presupuesto indicado en la norma antes citada, y en aplicación de la misma, este Tribunal debe impartir la homologación correspondiente al desistimiento planteado por la parte accionante. Así se decide.


III

En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad a lo establecido en el citado Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, que se aplica analógicamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DEL ASUNTO SIGNADO CON EL NUMERO AP21-L-2023-000876, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano SAMUEL HERNAN GUERRERO CORDERO contra la entidad de trabajo POLLO EN BRASAS FLOR DE LA VEGA, C.A. Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas. Igualmente se deja constancia que a partir del día hábil siguiente al de hoy, comenzará a transcurrir el lapso para ejercer los recursos pertinentes contra la mencionada decisión.
El Juez,

Abg. José Antonio Moreno P.
El Secretario,

Abg. Yohjande Salazar
En la misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión. El Secretario,

Abg. Yohjande Salazar