REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO; 19 DE ENERO DE 2024
AÑOS: 212º Y 164º
“Vistos”
EXPEDIENTE: 2271-2023

DEMANDANTE:

DOMINGO ANTONIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.832.453, domiciliado en la Av. Principal de las Calderas, al lado del Centro Hípico el Fortín, diagonal a Maxipizza, Casa S/N.
APODERADO JUDICIAL
JESUS JOSE LA ROSA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.707.705, con domicilio procesal en el Escritorio Jurídico Virgen del Valle, ubicado en la calle Falcón, frente a la torre de Cantv, edificio Jesús de Nazareth, piso Nº 1, oficina 1-A, Inpreabogado N° 68.342.


DAMANDADO DANIEL JOSE MAVAREZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-23.554.292, domiciliado en el Municipio Miranda del estado Falcón, Sector Zumurucuare, Calle Zulia al final de la misma, cerca de la Empresa Curera.
ABOGADO ASISTENTE NOEL ANTONIO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.479.337, Inpreabogado N° 188.622
MOTIVO
COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN).
Vista la diligencia presentada en fecha 15 de Enero de 2024, por el abogado JESUS JOSE LA ROSA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.707.705, con domicilio procesal en el Escritorio Jurídico Virgen del Valle, ubicado en la calle Falcón, frente a la torre de Cantv, edificio Jesús de Nazareth, piso Nº 1, oficina 1-A, Inpreabogado N° 68.342, con el carácter acreditado en autos, conjuntamente con el ciudadano DANIEL JOSE MAVAREZ CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-23.554.292, domiciliado en el Municipio Miranda del estado Falcón, Sector Zumurucuare, Calle Zulia al final de la misma, cerca de la Empresa Curera, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NOEL ANTONIO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.479.337, Inpreabogado N° 188.622, contentivo al juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), mediante la cual hacen del conocimiento al Tribunal que: “de mutuo y amistoso acuerdo hemos decidido ofrecer en pago a la parte demandante en esta causa Nº 2271-2023; la casa o inmueble que en este acto entregamos en original la documentación”; inmueble que según consta en documento privado de Compra Venta de fecha 18 de Julio de 2017, que riela en el expediente en los folio 75, 76 y su vuelto, 77 y 78 es propiedad del ciudadano DANIEL JOSE MAVAREZ CASTRO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-23.554.292, dicho inmueble se encuentra ubicado en la calle Progreso entre la quebrada S/N, (de Zumurucuare) y calle Negro Primero, casa S/N, del sector IV de Zumurucuare, a pocos metros del Bar Teodoro, de la Jurisdicción de la Parroquia San Antonio, del Municipio Miranda del estado Falcón, y se encuentra dentro de los siguientes linderos: NORTE: Colida con casa que es o fue de Cruz José Pérez, con cuarenta y nueve metros con noventa centímetros (49,90 mts); SUR: Colida con casa que es o fue de familia desconocida (bienhechuría abandonada), con cuarenta y nueve metros con noventa centímetros (49,90 mts); ESTE: Colida con la calle Progreso, que es su frente, con nueve metros con cincuenta 50 centímetros (9,50 mts); y OESTE: Colida con la quebrada S/N de Zumurucuare, que es su fondo, con nueve metros con cincuenta centímetros (9.50 mts); asimismo solicitan a este Tribunal “provea todo lo conducente a los efectos legales pertinentes sobre la Homologación de la Presente decisión donde ofrecemos el Inmueble”; en este sentido, en fecha 18 de Enero de 2024, comparece el ciudadano DOMINGO ANTONIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.832.453, domiciliado en la Av. Principal de las Calderas, al lado del Centro Hípico el Fortín, diagonal a Maxipizza, Casa S/N (Demandante), debidamente asistido por el abogado JESUS JOSE LA ROSA ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.707.705, con domicilio procesal en el Escritorio Jurídico Virgen del Valle, ubicado en la calle Falcón, frente a la torre de Cantv, edificio Jesús de Nazareth, piso Nº 1, oficina 1-A, Inpreabogado N° 68.342, mediante la cual expone: “ACEPTO EL INMUEBLE DADO COMO PAGO POR LA PARTE DEMANDADA POR DEUDA CONTRAÍDA, Ratificando el convenio realizado en la sede de este Tribunal, entre mi abogado apoderado, hoy asistiéndome nuevamente y la parte demandada; Por lo que estoy conforme con el acuerdo de fecha 15 de Enero de los corrientes aceptando el inmueble dado en pago, para finalizar satisfactoriamente, la presente demanda incoada”. En consecuencia, agréguese a los autos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y se le da el carácter de cosa Juzgada, en autoridad de cosa Juzgada. Así mismo, se ordena proveer el desglose solicitado por la parte actora de los documentos originales consignados, la entrega de dicho documento al accionante y en su lugar se deja copia certificada de los mismos. CUMPLASE. Déjese constancia de ello en el Diario de Labores del Tribunal.-
La Juez Provisorio La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. Krsna Amaya
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 2:00 pm, previo el anuncio de Ley. Conste.
El Secretario Titular,
Abg. Krsna Amaya