Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano: VICTOR ALEJANDRO BERMUDEZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.178.130, domiciliado en la Calle la Paz, casa s/n, parroquia Urumaco, Municipio Urumaco del estado Falcón (hijo) debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio YANNY PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.491.246 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 202.250, domiciliada en el Sector las Brisas del Rio parroquia Urumaco, Municipio Urumaco del Estado Falcón, actuando en este acto en representación de los coherederos, PAULA MARTINA ORTIZ, MIGUEL ANTONIO BERMUDEZ ORTIZ Y SILVIA CAROLINA BERMUDEZ ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.061.435, V-17.178.131 y V-18.479.711, respectivamente (viuda e hijos), de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, personalmente quien consigno recaudos y promovieron testimoniales con la finalidad de que se les declare a ellos UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto ciudadano ANTONIO DE JESUS BERMUDEZ HERNANDEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.291.765, quien falleció ab-intestato en el Hospital Universitario Doctor Alfredo Van Grieken de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha Quince (15) de Abril de Dos mil veintiuno (2021), como se evidencia en la copia del Acta de Defunción N° 28 de fecha 21 de Septiembre de 2021, emitida del Registro civil de la Parroquia Urumaco, Municipio Urumaco Estado Falcón.
El solicitante consigno los siguientes recaudos: 1) Acta de Defunción N° 28 de fecha 21 de Septiembre de 2021, emanada de la Oficina de Registro Civil Electoral parroquia Urumaco del Municipio Urumaco del Estado Falcón.- 2) copia del Acta de Matrimonio N°5 emanado de la Oficina de Registro Civil Electoral, de la Parroquia Urumaco del Municipio Urumaco del Estado Falcón.- 3) copias de las Actas de las partidas de nacimiento de los coherederos - 4) Copia fotostática de la Cédula de identidad del difunto.- 5) Copias fotostática de las Cédulas de Identidad del solicitante y sus coherederos. – 6) Copias Simples de las Cédulas de Identidad de las testigos ciudadanos: LUIS JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.788.019 y CARLOS GABRIEL MONTERO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-30.354.455, para que den fe de dicha petición.
En fecha 14-10-2024, éste tribunal le da Entrada y Admite la siguiente solicitud de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la presente solicitud no es contraria a derecho y al orden público o las buenas costumbres, a disposición expresa en la ley; así como también la competencia establecida por Resolución Nº 2018-0013, de Fecha 24-10-2018, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Anótese en el Libro de Solicitudes bajo el Nº S-010-24
|