REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA.

REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro; 20 de Septiembre de 2024
Años: 214º y 165º

Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 021-2024, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: MAYLETH DEL ROSARIO RODRIGUEZ AMAYA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.565.379, de este domicilio, actuando en este acto en nombre propio y en representación de sus coherederos ELYMAR MAYLETH MADRIZ RODRIGUEZ, LUIELY DEL VALLE MADRIZ RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº. 17.559.226 Y Nº27.942.545, respectivamente; y de este domicilio, de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil asistida en este acto por la ABG. DAICEL SIREE CURIEL SEFEREN, Inpreabogado Nro. 188.654 , En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y las partidas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadano LUIS EDUARDO MADRIZ LAFE, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.018.026, con domicilio en la Ciudad Santa Ana de Coro del Estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: Ocho (08) de Enero del Dos Mil Veinticuatro (2024), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 047, extendida en fecha 12/01/2024, por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Parroquia San Antonio Municipio Miranda del Estado Falcón , la cual riela al folio cuatro (04) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a la ciudadana: MAYLETH DEL ROSARIO RODRIGUEZ AMAYA, ELYMAR MAYLETH MADRIZ RODRIGUEZ y LUIELY DEL VALLE MADRIZ RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº 7.565.379, Nº. 17.559.226 y Nº27.942.545, respectivamente; y de este domicilio. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veinte (20) días del mes de Septiembre de 2024. Entréguese el presente original a los interesados.

REGÍSTRESE, DIARÍCESE Y PUBLÍQUESE, inclusive en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinal 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio, La Secretaria Titular,
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. Krsna Amaya




Sol. 021-2024