REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO: 13 DE AGOSTO DE 2025
Años: 215° y 166°
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por las ciudadanas: MARIA AUXILIADORA SERAFIN CASTILLO y JOSMAR BETANIA ALASTRE SERAFIN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.510.938 y V-31.677.220, respectivamente; asistidas por el abogado: EDGARDO JOSÉ EREU LEAL, Inpreabogado N° 289.132. En este sentido, consignaron las pruebas documentales pertinentes y promovieron testimoniales con la finalidad, de que se les declare ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano JOSE TOBIAS ALASTRE BETANCOURT, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.095.730.
Las solicitantes consignaron los siguientes recaudos: 1) Acta de Defunción N° 371 de fecha 30/03/2025, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, en donde consta que el De Cujus falleció en fecha 29/03/2025; 2) Acta de Matrimonio N° 381, de fecha 29/07/1993 de los ciudadanos: JOSE TOBIAS ALASTRE BETANCOURT y MARIA AUXILIADORA SERAFIN CASTILLO; 3) Acta de Nacimiento Certificada de la ciudadana JOSMAR BETANIA ALASTRE SERAFIN; 4) Copias fotostáticas de las cédulas de identidad del causante, las herederas y los testigos.
Fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos: ROSWEL GREGORIO MONTIEL RODRIGUEZ y FRANCISCO ANTONIO ALMADO CABRILES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.802.305 y V-10.478.663, respectivamente; domiciliados en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; quienes de forma conteste y pertinente, respondieron favorablemente a las preguntas realizadas por la solicitante mediante su abogado asistente, según se desprende de las actas levantadas en fecha 13/08/2025.
Ahora bien, del análisis de las declaraciones de las testimoniales promovidas, así como de los documentos relacionados, con lo cual pretende que se les declare Únicas y Universales Herederas del ciudadano: JOSE TOBIAS ALASTRE BETANCOURT; y publicado como fue el Edicto en el diario “NUEVO DÍA”, sin que compareciera interesado alguno; se concluye que existen elementos de convicción suficientes para que proceda lo pretendido por la solicitante. En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano JOSE TOBIAS ALASTRE BETANCOURT, en su condición de ESPOSA a la ciudadana: MARIA AUXILIADORA SERAFIN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.510.938, con domicilio en la Urbanización Cástulo Mármol Ferrer, Calle Principal, en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; en su condición de HIJA a la ciudadana: JOSMAR BETANIA ALASTRE SERAFIN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 31.677.220, con domicilio en la Urbanización Cástulo Mármol Ferrer, Calle Principal, en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón;
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DIARÍCESE.
De conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de esta declaración para el archivo. Entréguense las presentes actuaciones a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada a los TRECE (13) días del mes de AGOSTO del año DOS MIL VEINTICINCO (2025), en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
La Jueza Provisoria, La Secretaria Titular,



Abg. Florencia Cantini de Gutiérrez Abg. Nikol Oberto


NOTA: En la misma fecha, siendo las 11:50 a.m., y previo el anuncio de ley, se publicó y registró el anterior decreto y se dejó copia certificada para el archivo. Asimismo, se entrega con el original a la parte interesada con sus resultas. Conste.-
La Secretaria Titular,

Abg. Nikol Oberto
FC/NO/JCH
Sol. Nº 587-2025
Resolución: 124-2025