REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo (22°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

ASUNTO: AP21-L-2025-001636.
PARTE ACTORA: Eliezer Eliu Talavera Meneses, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-29.743.382.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Edwin José Añon Díaz y Maitrelly Vanessa Arenas Osuna, abogados en ejercicio e inscritos en el IPSA con los Nros. 131.595 y 136.934 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: The Koala Group, C.A y solidariamente los ciudadanos Martín Kern Lipner e Isabel Carlota Silva Pardo.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: José Gregorio Casado Gomez, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA con el Nº 54.505.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales.

I
PARTE NARRATIVA

En fecha 13 de noviembre de 2025, se recibe el presente expediente proveniente de la Coordinación Judicial, motivado al sorteo de las audiencias preliminares a celebrarse a las 09:00 am, de ese día, correspondiéndole el conocimiento en esta fase del proceso (mediación) a este Tribunal, dejándose constancia de la comparecencia al acto del ciudadano Edwin Añon, inscrito en el IPSA con el Nro. 131.595 y por la parte demandada The Koala Group, C.A y solidariamente los ciudadanos Martín Kern Lipner e Isabel Carlota Silva Pardo, comparece el ciudadano Bernardo Ramo Silva, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA con el Nº 54.505, dejándose constancia que la demandada consigno intrumentos poder, ambas partes consignaron sus medios probatorios y dejándose constancia que la audiencia se prolongo para el día 25 de noviembre de 2025 a las 10:30 am, sin embargo, la parte actora impugna el poder presentado por la representación judicial de la parte demandada, el Tribunal deja constancia que otorgo 5 dias habiles, para que la demandada subsanara lo indicado en el acta de fecha 13/11/2025.

En fecha 20 de noviembre de 2025, comparece el abogado José Casado. IPSA Nº 54.505, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada The Koala Group, C.A y solidariamente los ciudadanos Martín Kern Lipner e Isabel Carlota Silva Pardo, y consigna documentos donde se evidencia la cualidad del ciudadano Martín Kern, para otorgar poderes en nombre de la empresa The Koala Group, C.A y su cualidad de presidente de dicha entidad de trabajol.

Para decidir sobre el pedimento de la parte actora se observa:

II
PARTE MOTIVA

En atención a lo dispuesto en la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2003 Nº 806, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que estableció lo siguiente:

“…no hay confesión ficta, cuando el representante de la demandada comparece con poder defectuoso, pues, en dicho caso y sólo si la parte accionante cuestiona el instrumento poder, debe abrirse por vía de analogía la incidencia prevista en el ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil,...”.

Así las cosas, encuentra este Juzgador que al otorgarse el lapso de cinco (5) días hábiles siguientes al 13 de noviembre de 2025, se garantiza el derecho a la defensa, tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagrados en nuestra Constitución Nacional, en tal sentido la parte demanda The Koala Group, C.A y solidariamente los ciudadanos Martín Kern Lipner e Isabel Carlota Silva Pardo, trajo a los autos en fecha 20 de noviembre de 2025, acta constitutiva de la empresa The Koala Group, C.A, de fecha 26 de agosto de 1991, constituida por los ciudadanos Martin Kern y Gabriella Natale, titulares de las cedula de identidad Nº 5.133.595 y 6.559.507 respectivamente. Acta de Asamblea de fecha 31 de marzo de 1998, donde se evidencia: “…CLAUSULA CUARTA: DURACION: La compañía tendra una duiracion de cincuenta años…CAPITULO CUARTO...CLAUSULA DECIMA SEGUNDA; ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE: … Nombrar Apoderados Judiciales con las atribuciones y facultades que tuviere a bien otorgar…El Presidente tiene las mas amplias facultades de administración y disposición. Tanto el Presidente como el Vice-Presidente actuando conjunta o separadamente, pueden abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias…CAPITULO OCTAVO…CLAUSULA VIGESIMA: Se hacen los siguientes nombramientos para ejercer sus cargos…PRESIDENTE: Martin Kern C.I. No. V-5.133.595…” Acta de Asamblea de fecha 3 de noviembre de 2009 del cual se desprende: “…THE KOALA GROUP, C.A. MARTIN KERN LIPNER, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil THE KOALA GROUP INTERNATIONAL, C.A, domiciliada en Panamá, según consta de escritura publica Nº 2096, del 11 de marzo de 1999, otorgada por ante la Notaria Primera del Circuito de la Provincia de Panamá…PRIMERO: Designar al Presidente MARTIN KERN LIPNER…”

Ahora bien, de los documentos consignados por el ciudadano José Casado abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA Nº 54.505, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Martin Kern Lipner, quien a su vez se desprende de dichas documentales es el Presidente de la entidad de trabajo The Koala Group, C,A, y dentro de sus atribuciones se evidencia la facultad de otorgar poderes, tiene plena validez para este juicio, en virtud de lo supra indicado en el párrafo anterior, por lo que este Tribunal debe declarar Sin Lugar la impugnación del poder alegada por el abogado quien es representante judicial de la parte ciudadano Edwin José Añon Díaz, inscrito en el IPSA con el Nro. 131.595. Así se decide.

III
PARTE DISPOSITIVA

En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara. UNICO: Sin Lugar la impugnación del poder alegada por el abogado Edwin José Añon Díaz, inscrito en el IPSA con el Nro. 131.595, quien representa en este juicio al ciudadano Eliezer Eliu Talavera Meneses, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-29.743.382, parte actora en el presente procedimiento por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, contra la entidad de trabajo The Koala Group, C.A y solidariamente los ciudadanos Martín Kern Lipner e Isabel Carlota Silva Pardo.

Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas. Igualmente se deja constancia que a partir del día hábil siguiente al de hoy, comenzará a transcurrir el lapso para ejercer los recursos pertinentes contra la mencionada decisión.
El Juez,

Abg. José Antonio Moreno P.
El Secretario,

Abg. Luis Seijas

En la misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión.
El Secretario,

Abg. Luis Seijas