REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
Santa Ana de Coro: 27 de Octubre de 2025
Años: 215º Y 166º
VISTOS
SENTENCIA Nº 103
SOLICITUD:
030-2025
SOLICITANTE:
HILDA JOSEFINA CHIRINO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.501.186, domiciliada en la Calle Norte, Casa Nº 54, Sector Pantano Abajo, Santa Ana de Coro del Estado Falcón, actuando en nombre propio y representación de sus hijos, HILDIANA ISABEL LOPEZ CHIRINO, JOSE GREGORIO LOPEZ CHIRINO y NAZARETH DE LOS ANGELES LOPEZ CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.048.841, V-18.048.842 y V-26.991.925, respectivamente, domiciliados en la Calle Norte, Casa Nº 54, Sector Pantano Abajo, Santa Ana de Coro del Estado Falcón
ABOGADO ASISTENTE MARTIN JOSE SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado N° 206.293, con domicilio procesal en la Calle el Sol Nº 33-A, entre Calle el Milagro y Avenida Sucre, en el Sector Curazaito, en jurisdicción del Municipio Miranda de esta Ciudad Santa Ana de Coro Estado Falcón
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, distinguida con el Nº 030-2025, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: HILDA JOSEFINA CHIRINO SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.501.186, domiciliada en la Calle Norte, Casa Nº 54, Sector Pantano Abajo, Santa Ana de Coro del Estado Falcón, actuando en nombre propio y representación de sus hijos, HILDIANA ISABEL LOPEZ CHIRINO, JOSE GREGORIO LOPEZ CHIRINO y NAZARETH DE LOS ANGELES LOPEZ CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.048.841, V-18.048.842 y V-26.991.925, respectivamente, domiciliados en la Calle Norte, Casa Nº 54, Sector Pantano Abajo, Santa Ana de Coro del Estado Falcón, debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio MARTIN JOSE SEGOVIA, venezolano, mayor de edad, Inpreabogado N° 206.293, con domicilio procesal en la Calle el Sol Nº 33-A, entre Calle el Milagro y Avenida Sucre, en el Sector Curazaito, en jurisdicción del Municipio Miranda de esta Ciudad Santa Ana de Coro Estado Falcón. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y la partida de nacimiento, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el ciudadano JOSE GREGORIO LOPEZ, quien en vida fuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.510.697 falleció Ab-intestato en fecha: Primero (01) de Junio del Dos Mil Veinticinco (2025), según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 640, extendida en fecha 04/06/2025, por el Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, la cual riela en el folio Veintinueve (29) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: a los ciudadanos: HILDA JOSEFINA CHIRINO SANCHEZ, HILDIANA ISABEL LOPEZ CHIRINO, JOSE GREGORIO LOPEZ CHIRINO y NAZARETH DE LOS ANGELES LOPEZ CHIRINO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 9.501.186 V-18.048.841, V-18.048.842 y V-26.991.925, respectivamente. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veintisiete (27) días del mes de Octubre de 2025. Entréguese el presente original a los interesados.
REGÍSTRESE, DIARÍCESE Y PUBLÍQUESE, inclusive en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinal 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio, La Secretaria Temporal,
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. Abg. María Álvarez
Sol. 030-2025
Abg.MRA/MA/EF
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