Decisiones del dia 01/11/2011
N° Expediente :
2241-11
N° Sentencia :
Fecha: 01/11/2011
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Arrendamiento
Partes: LA SOCIEDAD MERCANTIL ORGANIZACIÓN AGRUPOL, C.A., CONTRA LA EMPRESA REPRESENTACIONES CATS 2.000, C.A
Resumen:
"...De seguida, este Tribunal de Municipio Ejecutor de Medias, en cumplimiento de la misión encomendada, declara SECUESTRADO los siguientes inmuebles: "Dos (02) Locales Comerciales identificados como CH-35 Y CH-37, situados en el Nivel Chaguaramos, Núcleo Noreste, en su parte Sur, del Centro Comercial San Ignacio, situado en la Avenida Blandín con Calle Santa Teresa de Jesús, Urbanización La Castellana, Municipio Chacao del Estado Miranda; y lo coloca en posesión de la Parte Actora..."
Juez/Ponente:
María Cecilia Conde
Organo:
Juzgado de Municipio Octavo Ejecutor de Medidas
N° Expediente :
AH12-V-2005-000115
N° Sentencia :
Fecha: 01/11/2011
Procedimiento: Expropiación
Partes: COMPAÑÍA ANÓNIMA METRO DE CARACAS VS ZACARÍAS FREITAS DE SOUSA
Resumen:
este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el convenimiento de fecha 21 de junio de 2006, que hiciese el ZACARÍAS FREITAS DE SOUSA, por ante la Notaría Pública Cuadragésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 87, Tomo 33, por cuanto la misma versa sobre la presente solicitud de expropiación, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el artículo 56 de la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Pública o Social.
SEGUNDO: EXPROPIADO el bien inmueble constituido por un local comercial distinguido con el Nº 29, el cual se encuentra ubicado en la planta baja del .....
Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP11-V-2011-001173
N° Sentencia :
Fecha: 01/11/2011
Procedimiento: Ejecución De Hipoteca
Partes: BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL CONTRA PEDRO MORALES
Resumen:
Se ADMITIÓ la presente demanda, ordenando el emplazamiento del ciudadano PEDRO JOSÉ MORALES ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 9.641.322, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a su intimación, a fin de que apercibido de ejecución, pague o acredite haber pagado las cantidades intimadas. De igual manera se decretó Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los inmuebles in litis. Todo previo suministro de los fotostátos respectivos y toda vez sea notificada la Procuraduría General de la República, en virtud de que mediante el Decreto Nº 6.850 publicado en Gaceta Oficial Nº 39.234 de fecha 04 de agosto de 2009, el BANCO DE VENEZUELA pasó a ser parte del Estado y de conformidad con la la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 25 de febrero de 2011, del Magistrado Ponente Juan José Mendoza Jover, Nº 114, se ordenó la suspension de la causa por un lapso de 90 días.
Juez/Ponente:
Sarita Martínez C
Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP31-V-2011-002319
N° Sentencia :
Fecha: 01/11/2011
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato Por Arrendamiento
Partes: DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL ALTA PELUQUERIA Y SPA FLOR ELENA 45, C.A., CON RIF N°. J-29852178-3 DEBIDAMENTE INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL DISTRITO CAPITAL, EN FECHA OCHO (08) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE (2009), ANOTADO BAJO EL N° 9, DEL AÑO 2009, TOMO: 273-ASDO., REPRESENTADA POR EL ABOGADO ALFREDO YSMAEL SÁEZ, DE ESTE DOMICILIO, INSCRITO EN EL IMPREABOGADO BAJO EL N° 150.623, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-8.476.680.
Resumen:
Por otra parte, al estar transcurriendo la prorroga legal, el contrato se considera a tiempo determinado, y si el arrendatario se encuentra insolvente en el pago de los cánones de arrendamiento, no por eso deja de tener derecho a la prorroga legal, en este caso, el arrendador podrá demandar la resolución del contrato de arrendamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 1167 del Código Civil, por falta de pago de cánones de arrendamiento, así lo señala el Dr. GILBERTO GERRERO QUINTERO, en su libro TRATADO DE DERECHO ARRENDATICIO INMOBILIARIO, paginas 286 y 287, cuando dice:
"...Y si llegado o vencido el término contractual, el arrendatario estuviere incurso en el incumplimiento de las referidas obligaciones, que le impediría el derecho a gozar del beneficio de la prórroga legal, no por eso dejará automáticamente de gozar del mismo como para que pueda entenderse que ante ese incumplimiento proceda ipso iure la acción de cumplimiento de contrato del término; si no que.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio