-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana ANA MARINA LOVERA, en su condición de Fiscal Centésima Sexta del Ministerio Público, en representación del niño (...), de cuatro (4) años de edad, representado legalmente por su progenitora MIGDALIA COROMOTO DE JESUS ROJAS, contra el ciudadano JOSE RAFAEL PLAZA GIL, todos plenamente identificados a los autos, en consecuencia, se condena al demandado en lo siguiente:
PRIMERO: Al pago de las cuotas atrasadas por concepto de obligación alimentaria desde el mes de diciembre de 2005 hasta el mes de noviembre de 2006, cada una a razón de Doscientos Setenta Mil Bolívares (270.000,0.....