Analizadas las pruebas presentadas por la parte solicitantes esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en auto; En consecuencia, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Defunción inserta en el libro de Registro Civil de Defunción, llevado por la por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, del Municipio Libertador del Dtto. Capital, Acta de Defunción N°. 1.125 año 1988. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse cometido la trascripción errónea en el Acta de Defunción al incluir erradamente al ciudadano JEAN CARLOS SALAZAR MONAGAS, transcribiéndose "deja tres (03) hijos de nombres: JEAN CARLOS MONAGAS V-18.938.865, GRICELIS AGUILERA MONAGAS V-20.783.640 y LUIS JAVIER AGUILERA MONAGAS V-24.316.482", siendo lo correcto "deja dos (02) hij.....