DISPOSITIVA.
En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por la ciudadana Joanna Janet Rosales García, en contra del ciudadano Andy José Curiel Colina, en beneficio del niño XXXXXXXXXX. En consecuencia, se fija una Obligación de Manutención para el demandado, ciudadano Andy José Curiel Colina, plenamente identificado en autos, a favor del niño antes mencionado, por la cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) del salario mensual devengado por el demandado de autos, así como también, deberá cancelar dos cuotas especiales, una por el monto de Dos Mil Bolívares Fuertes (Bsf.....