este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano CRISTIAN JOSE VAN DER REE PARIS, quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-246.902, a su esposa EGLEE LA CORTE de VAN DER REE venezolana, mayor de edad de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-2.611.339, y a sus cuatro (04) hijos legítimos, ciudadanos CHRISTIAAN JOSEPH VANDER REE MCLOUGHLIN, DAVID JOSE VAN DER REE MCLOUGHLIN, ROBERTO JOSE VAN DER REE MCLOUGHLIN y MARIA MERCEDES VAN DER REE LA CORTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 6.620.875, V- 6.817.369, V- 10.792.255 y V-10.792.254, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.