/AUTOR.PASAPORTE/Esta Juez del Tribunal Noveno (9no) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorios del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, concedió AUTORIZACIÓN a fin que la progenitora, ciudadana LOURDES YELITZE SOUBLETTE PEÑA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V.11.312.932, realice los trámites pertinentes ante el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para la obtención del pasaporte de su hijo el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, y en caso que haya pasado o vencido la cita, sírvase reprogramar la misma; en el entendido que la expedición del pasaporte no significa que la mencionada niña esté autorizada para salir del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.