Dadas estas consideraciones, traen como consecuencia, que se declare INADMISIBLE la acción intentada por INVERSIONES 070690, C. A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 32, Tomo 288 A-Oto, en fecha 04 de marzo de 1999, representada por el Abogado ALBERTO JOSÉ FREITES DEFFIT, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V- 6.848.173, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 95.006, contra KEINNY FABIANA OSTEICOECHEA LEMA, ALIEXKA DEL CARMEN PINEDA ARJONA y KARIAN ALEJANDRA NATERA HERVES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-20.756.369, V- 17.059.816 y V- 20.364.611, respectivamente, por REIVINDICACION.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (03) días del mes de Noviembre del año 2014. Años 204° y .....