Declara PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que intentara la sociedad HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, S.A, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 07/10/2002, bajo el n° 2, tomo 708-A-Qto. Contra el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS BOLIVARIANOS DE LA INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES, CONEXOS, AFINES Y SIMILARES DEL DISTRITO CAPITAL (SUTRABITEDCA), por motivo de Disolución de Sindicato. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida.