este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Negar tal solicitud, en virtud de la conducta desplegada por el ciudadano Diperi Pérez Ciro, por cuanto gozando este del Beneficio del Régimen Abierto, este ciudadano incurrió nuevamente en la comisión de un hecho punible, razón que permite a este Juzgador negar tal solicitud.
SEGUNDO: Ratificar oficio Nº E-501-2004 de fecha 6 de octubre de 2004 a los fines de que se remita a este Tribunal Único de Ejecución Copia Certificada del acta de Presentación, y de la Acusación Fiscal, relacionado con el Asunto Nº GP01-P-2004-000455.
TERCERO: Librar oficio al Tribunal 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, a los fines de que se remita a este Tribunal Único de Ejecución, Copia Certificada del acta de presentación seguida en el asunto GP01-2005-000067 en contra del ciudadano Dip.....