Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, abogada ALEJANDRA MÁRQUEZ contra la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de noviembre 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el vicio de error de interpretación alegado por la apoderada judicial de la parte demandada.
TERCERO: CON LUGAR la confesión ficta de la demandada, sociedad mercantil PC CELL 2.080, C.A., al constituirse la trilogía necesaria para consumar la misma en este pro.....