este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la ENTREGA BAJO GUARDA Y CUSTODIA al ciudadano: ARVIN JOSÉ VENEGAS GÓMEZ, con domicilio en la Localidad de Yaracal, estado Falcón, representado por el Abg. Diego Silva, según consta poder al folio 40 su vuelto y 41 del asunto penal, de fecha: 09-02-2010, quedando inserto en los libros de autenticaciones bajo el N ° 17, Tomo 17, de la Notaría de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; del vehículo: MARCA: CHEVROLET; MODELO: OPTRA; AÑO: 2008; COLOR: PLATA; CLASE: AUTOMÓVIL; TIPO: SEDAN; USO: PARTICULAR; PLACAS: NO PORTA; SERIALES DE CARROCERIA: KL1JM62B48K742323; SERIAL DEL MOTOR: F18D3070368K, CON LA EXPRESA OBLIGACIÓN DE NO ENAJENARLO, NI TRASPASARLO Y DE PRESENTARLO AL TRIBUNAL CADA VEZ QUE SEA REQUERIDO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.