este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Sala de Juicio el Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 385, 386, 387 y 388 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, FIJA EL RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR SUPERVISADO, solicitado por el ciudadano HICHAM EL AMOURI, plenamente identificado en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, de un (01) año de edad, contra la ciudadana YRIS YANETH HERRERA DE EL AMOURI, identificados en autos. ASÍ SE DECIDE.-----------------------------------------------------------------------------------