En consecuencia, probado como ha sido lo alegado en autos y, visto que el error material de trascripción no amerita de un Juicio de Rectificación del Acta de Nacimiento se procede a tramitarlo meramente y, a tales efectos se acuerda la Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana Omaira Linares de Camacho, antes identificada, debiendo corregirse en lo sucesivo, donde se lee "Vicente Linarez" debe leerse "Vicente Linares", que es el nombre correcto del padre de la ciudadana Omaira Linares de Camacho. Se ordena remitir copias certificadas de la presente providencia a las autoridades civiles competentes mediante oficio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civi