TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO): a partir de la presente fecha por cuanto ha cumplido mas de una cuarta parte de la pena impuesta es decir, 1 Año, todo ello con lo preceptuado en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO (REGIMEN ABIERTO): a partir de la presente fecha por cuanto ha cumplido mas de la Tercera parte de la pena impuesta, es decir, 1 Año y 4 Meses, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
LIBERTAD CONDICIONAL: a partir de la presente fecha por cuanto ha cumplido más de las Dos Terceras partes de la pena impuesta; es decir, 2 años y 8 Meses todo ello con lo preceptuado en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Así mismo, el penado de auto, podrá solicitar la conversión de la pena de prisión impuesta en pena de Confinamiento de conformidad c.....