III
DISPOSITIVA
Con fuerza en los fundamentos precedentes, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Trànsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado Francisco Gil Herrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.215, actuando en representación de la Sociedad Mercantil CENTRAL BANCO UNIVERSAL, C.A. contra la DECISIÓN DICTADA POR EL JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN FECHA 03 DE FEBRERO DE 2009.
SEGUNDO: En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de febrero de 2009, que negó la medida de embargo preventiva solicitada por la parte actora que por COBRO DE BOLÍVARES.....