DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal, revisados los términos bajo los cuales las partes suscribieron el denominado "acuerdo transaccional", en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: se Abstiene de Homologar el acuerdo denominado Transacción, suscrito entre la empresa Oferente, la sociedad mercantil, "Grunenthal Venezolana Farmaceutica, C.A. antes identificada y el ciudadano, Oferido, José Antonio Araujo, ya identificado; en el presente procedimiento de Oferta Real de Pago. Segundo. Se deja expresa constancia, a todos los fines legales pertinentes, del pago efectuado por la sociedad mercantil, "Grunenthal Venezolana Farmaceutica, C.A; en favor del ciudadano, José Antonio Araujo, ya identificado, quien estando debidamente asistido de abogado, aceptó y recibió la suma de Bolívares veintidós mil cincuenta y siete con sesenta y cinco céntimos (Bs.22.057, .....