Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos CLARA ELENA GUEDEZ FLORES y NELSON FELIPE QUIROGA VILLEDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas Nros. V-16.903.690 y V-18.714.026, respectivamente. Como consecuencia de ello, se declara DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 10 de Marzo del 2015, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Libertador del Distrito Capital, como consta en el acta de matrimonio No. 22, antes descrita.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ej.....