DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto y debidamente fundamentado, éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara EL CUMPLIMIENTO TOTAL de la Pena Modificada por la Corte de apelaciones, ONCE 11 AÑOS y NUEVE (9) MESES de prisión que inicialmente fuera condenado, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y NUEVE (9) MESES de prisión, a favor del penado WILLIAM RAFAEL GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10.923.530, y residenciado en la calle Falcón, No 36, Punto Fijo, Estado Falcón, todo de conformidad con lo preceptuado en el numeral 5 del artículo 44 Constitucional en concordancia con lo previsto en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Por ende se dejan sin efecto las condiciones de cumplimiento impuestas en el auto a través del cual se le concedió al Beneficio Post Condena de de Dest.....