En consecuencia, esta Juzgadora considera que en el presente caso lo ajustado a derecho es la inclusión del penado en la lista de redención la cual será discutida por la Junta Rehabilitadora del Sistema Penitenciario del Internado Judicial de Coro. Cúmplase. Notifíquense a las partes, a la Oficina Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y al Director del Internado a los efectos de la inclusión del penado en la Lista de Redención.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN
ABG. MAYSBEL MARTINEZ
LA SECRETARIA