en cumplimiento de su misión procede a hacer la Entrega Material, real y efectiva a la parte actora en la persona de sus Apoderados Judiciales abogados Juan Gilberto Meneses y Edmundo Pérez Arteaga, ya identificados, de un inmueble constituido por un lote de terreno y las bienhechurias sobre el construido situado en la Cortada de Catia, Barrio Ebenezer o Catia Norte, Sector 3 Lunas a Blandín, Casa N° 9-3, Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital,