REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (8) de julio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-002129
Vista la Transacción presentada en fecha 28 de junio de 2010, por el abogado ANDRES RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 16.773, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil LOS PILONES DEL ESTE RESTAURANT., así como la abogada ROSA QUINTERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 53.350, todos plenamente identificados en autos, acuerdan como monto de la presente transacción la cantidad veinte mil Bolívares (Bs. 20.000,00), cantidad que recibe el demandante a través de cheques del Banco Provincial cuya copia cursa en autos. Es por lo anterior, que este Juzgado, previa revisión del referido escrito y de los instrumentos poderes que l.....