En consecuencia, anunciado el Recurso Extraordinario de Casación en tiempo oportuno por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia proferida en la incidencia de medida cautelar del 09 de febrero de 2023 y su aclaratoria del 23 del mismo mes y año, encuadrando cónsonamente con la jurisprudencia y dentro de los presupuestos del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil; y siendo estimada como fue la presente demanda en la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL BOLÍVARES (Bs. 825.423.000,00), cumple con el requisito de la cuantía para acceder a casación contra decisiones alusivas a medidas preventivas, como el caso de autos, revocada.
De ahí, que este Órgano Jurisdiccional considera que procede su admisibilidad, ordenándose remitir el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en el aparte infine del artículo 522 del Código de Procedimiento Civil. Se .....