- IV -
DISPOSITIVA DEL FALLO
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano SARKIS GARCÍA, contra la ciudadana NELGICA DEL VALLE REDWAN GUZMÁN, plenamente identificados al inicio de esta decisión y en consecuencia se ordena a NELGICA DEL VALLE REDWAN GUZMÁN, RESTITUIR inmediatamente al ciudadano SARKIS GARCÍA.- en el uso, goce y disfrute del inmueble constituido por un apartamento identificado con el número 8, situado en la Calle Colombia y Panamerica, Edificio Cruma, Piso 3, Parroquia Sucre, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital, así como todos los bienes muebles y enseres personales que .....