Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de las ciudadanas MARLING CAROLINA CÓRDOBA DE CUBA y ENEILIN DEL VALLE AGUILLON AGUILLON y las normas ut supra transcritas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficiente para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano RAMÓN ANTONIO REFUNJOL MARTE, venezolano, mayor de edad, soltero, de 38 años de edad, de profesión u oficio Bombero Profesional, titular de la cédula de identidad N° V-11.768.731, domiciliado en el Sector Santa Rita, casa sin número, Parroquia Adícora, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en .....