Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, contra de la decisión de fecha 08 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia:
PRIMERO: Con Lugar la oposición formulada por la ciudadana ROSA ELENA RIVAS DE RAMOS, contra la entrega material decretada por el Juzgado A-Quo en fecha 14 de diciembre de 2006.
SEGUNDO: Se ordena a la parta accionante a ejercer sus derechos mediante un juicio autónomo en contra de la tercero interviniente, a los fines de la desocupación del bien inmueble identificado al inicio del presente fallo.
TERCERO: Se ordena al Tribunal A-Quo, notificar lo conducente al .....