III
DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la demanda que por DESALOJO, incoara la ciudadana REINA AMADA TORRES DE LEÓN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.770.503, contra el ciudadano MIGUEL ÁNGEL MARRERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.837.337.
En virtud de haber resultado totalmente vencida, se condena en costas a la parte actora.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los diez (10) días del mes de enero del año dos mil once (2011). Años: 200º de la Independencia y 151º de la Fe.....