DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana YANIRE CAROLINA VARGAS SALAZAR, contra las entidades de trabajo ASOCIACION DE ASISTENCIA DENTALES (ASOASI)., y FUNDACION HOSPITAL ORTOPEDICO INFANTIL; SEGUNDO: Se ordena a las entidades de trabajo ASOCIACION DE ASISTENCIA DENTALES (ASOASI)., y FUNDACION HOSPITAL ORTOPEDICO INFANTIL a cancelar a los conceptos condenados en la parte motiva del fallo en extenso; TERCERO: No hay condenatoria en costas vista la naturaleza del fallo.