Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda que por nulidad de contrato, enriquecimiento sin causa y daños y perjuicios intentara el ciudadano MARTIN ARGENZIO contra la sociedad mercantil ROFRER, S.A BUDGET, y SIN LUGAR la reconvención propuesta por la sociedad mercantil ROFRER, S.A BUDGET contra el ciudadano MARTIN ARGENZIO por daños y perjuicios.
En virtud de no haber resultado ninguna de las partes totalmente vencida en el presente juicio, no hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.