el Tribunal acuerda la notificación a la parte demandada, TEDEVEN IMOBILIARIA, C.A., en la persona de uno cualesquiera de sus apoderados judiciales, ciudadanos JOAQUIN DIAZ-CAÑABATE BALGAÑON, CARLOS ZURITA DE RADA, JOAQUIN DIAZ-CAÑABATE SAGASTI, JOSÉ MARÍA DIAZ-CAÑABATE SAGASTI Y HÉCTOR ORLANDO MONAGAS RODRIGUEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nrs. 80, 21.471, 33.440, 41.231 y 3661, mediante boleta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 174, 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que tengan por notificada la decisión antes mencionada y ejerzan los recursos que consideren pertinente. Asimismo se deja constancia que una vez consta en autos la diligencia por parte del alguacil de este Juzgado referida a la notificación de la demandada, comenzara a transcurrir el lapso legal correspondiente. Líbrese boleta de notificación.