Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana LINA BATATINO, asistida por el abogado FRANCISCO LEPORE GIRON, antes identificados, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA. En consecuencia, se decide:
PRIMERO: SE ORDENA el pago de los intereses de mora generados por el retardo en el pago de las prestaciones sociales, producidos desde el 1º de julio de 2001, calculados en base a la cantidad de siete millones doscientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y cuatro bolívares con cuarenta y seis céntimos (Bs. 7.284.584,46), que fue lo recibido por concepto de prestaciones sociales, hasta el 04 de septiembre de 2006, fecha en la cual recibió el pago efectivo de sus prestaciones, tomando como.....