Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana IVONE CECILIA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de al cédula de identidad N° V- 4.082.928 en contra de la INDUSTRIAS FARMACOMESTICAS ASOCIADAS C.A., se ordena el pago por conceptos de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales los cuales se indican en la parte motiva del fallo. CUARTO: SIN LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la empresa demandada de manera subsidiaria con respecto a la relación de trabajo que se inició el día 01/11/.....