Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos EDUIN RAFAEL PAYARES VENEGAS y HERMES RUBIO por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES SEGUNDO: En consecuencia en consecuencia se condena a la entidad de trabajo J.A.P INGENIEROS CONSULTORES C.A. a pagar los conceptos que serán determinados en el extenso del fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costa, vista la naturaleza del fallo.