DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 4° del Código Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa en la cual aparece como víctima a la ciudadana Peña Camacho Nancy Coromoto, venezolana, divorciada, portadora de la cédula de identidad Nro. 5.750.586, natural de Punta Cardón, de 39 años de edad, domiciliada en la Calle Ollarvides, Edificio Patricia, piso 01, apartamento 02, Puerta Maraven Estado Falcón, e imputado desconocido, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal venezolano antes de la reforma.
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